Circular Ley IVA 2019

San José, 28 de mayo de 2019

 

Estimadas Familias de El Carmelo:

 

Reciban un saludo en la Paz de Dios.

 

La presente es para informar algunos puntos importantes sobre la Ley del Impuesto al Valor Agregado.

 

Como se ha venido informando de parte del Gobierno de Costa Rica esta nueva ley comenzará a regir a partir del 1 de Julio del 2019.

 

Nos hemos reunido a nivel de administración, asesorados por la parte legal para estudiar cuáles  serán las afectaciones en nuestro Centro Educativo.

 

Aspectos Importantes a considerar:

 

  1. Para todo pago de Matricula o Mensualidad debe generarse la factura electrónica. Este punto es muy importante porque más del 60 % de nuestros padres de familia no han actualizado sus datos.

Al final de la circular impresa que se le dio a cada estudiante, hay un desprendible que deberán enviar lleno al profesor guía a más tardar el día Jueves 6 de junio del 2019 de los contrario se incurrirá en una falta que afectara la nota de conducta de sus hijos.

 

  1. La matrícula y mensualidad están exentas de este impuesto.

 

  1. Las cuotas de materiales y libros por el momento están exentas también.

 

  1. La cuota de graduación y baile de graduación estarán gravadas al 13 % (en este aspecto les recomendamos a los padres de familia que tengan la posibilidad de cancelar antes del 25 de junio la mayor parte posible del monto pendiente para no tener que facturarles con el impuesto)

 

  1. Trámites administrativos (constancias, certificaciones), uniformes escolares, servicio de fotocopia, fiesta de la alegría y compra de artículos varios en la librería se les aplicara el 13%.

 

  1. Demás actividades educativas entran dentro del 2 %. Por ejemplo: día de la madre, padre, niño etc.

 

  1. La caja y fotocopiadora de la institución permanecerá cerrada del 26 al 28 de junio para poder realizar los cambios internos en cuanto a sistema.

 

TARIFAS DEL IMPUESTO SOBRE EL VALOR AGREGADO (IVA)

Ley Nº 9635 del 3 de diciembre de 2018, denominada “Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas”

 

TARIFA DEL IMPUESTO BIENES Y SERVICIOS

OBSERVACIONES

TARIFA GENERAL

El 13%: Sobre todas las operaciones (venta de bienes y prestación de servicios), sujetas y no exentas. Los artículos 8 y 9 de la Ley del Impuesto sobre el Valor Agregado (Nº 9635), indica cuales bienes y servicios se encuentran exentos y no sujetos respectivamente.

El 2%: Servicios de Educación privada (Exento la matrícula y mensualidad)

 

 

  

 

 

Hna. Nelly Rodríguez Flores

Directora

 

 

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